ELIMINAR TUS FOTOS, VIDEOS, Y OTRA INFORMACION TUYA DE INTERNET Y EL DERECHO “AL OLVIDO”.-
1. Introducción
Si apareces en una foto o video de internet y no has prestado tu consentimiento para que subiesen dicho contenido, debes saber que puedes solicitar la eliminación del video o la foto concreta.
Si ves algún comentario ofensivo, que no quieres que aparezca, o simplemente vulnera tu intimidad, puedes solicitar la eliminación de dicho comentario o publicación.
2. ¿Cómo eliminar una foto o video de las redes sociales?
El Reglamento General de Protección de Datos reconoce a las personas el ejercicio del derecho de supresión. El ejercicio de este derecho sólo puede solicitarlo el afectado o, en caso de tratarse de menores de 14 años, sus padres o tutores legales.
3. Pasos a seguir
- El afectado deberá intentar contactar con la persona que subió el contenido, y solicitarle su eliminación.
- Si la persona que subió esa foto o video no la borra tras la petición del afectado, éste deberá solicitar el borrado a la plataforma donde se haya publicado (Instagram, Facebook etc.). Las redes sociales más importantes, como las mencionadas, disponen de formularios para solicitar este borrado de contenido, pero como imprescindible, el afectado deberá justificar a la plataforma su identidad, e indicar los encales que contienen los datos que se quieren suprimir. La plataforma (red social) debe resolver tu solicitud en el plazo máximo de un mes.
- En el caso en que no obtenga respuesta de la plataforma donde esta subida la foto o video que desea eliminar, puede el afectado interponer reclamación ante la Agencia de Protección de Datos, siempre justificando haber solicitado la supresión a la red social (petición de supresión y la respuesta que, en su caso, le haya dado la plataforma).
4. ¿Cómo dejar de figurar en resultados de buscadores?
Como sabemos, si buscamos nuestro nombre en cualquier buscador (google, bing, yahoo…) aparecen resultados más o menos relacionados con nosotros. Si de entre todos esos resultados, queremos que alguno en concreto deje de aparecer cuando busquemos por nuestro nombre, podemos solicitarlo. Es lo que se conoce como “derecho al olvido”, que hace referencia al derecho a impedir la difusión de información personal a través de internet cuando su publicación no cumple con los requisitos de adecuación y pertinencia previstos en la normativa de protección de datos. En concreto, incluye el derecho a limitar la difusión indiscriminada de dato personales cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima.
5. Pasos a seguir
- El afectado debe dirigirse en primer lugar a la entidad que está tratando sus datos, en este caso al buscador que ofrece el resultado que se desea eliminar (google, Bing, Yahoo…). Estos buscadores tienen habilitados sus propios formularios para recibir las peticiones de ejercicio de este derecho.
- Si la entidad (el buscador) no ofrece respuesta o el afectado considera que la respuesta que le han proporcionado no es la adecuada, puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
- Si la Agencia de Protección de Datos ofrece una respuesta que tampoco se estima oportuna, el afectado podrá recurrir la misma ante los Tribunales.
6. Debes saber…
La publicación que el afectado desea deje de aparecer cuando se busque por su propio nombre puede ser legítima. Por lo tanto, aunque pueda dirigirse al buscador concreto que ofrece ese resultado y éste, o la Agencia Española de Protección de Datos o, en último término los Tribunales, acuerden la eliminación de ese resultado de búsqueda, no se eliminará el contenido de internet. Solamente dejará de aparecer el resultado cuando se busque por el nombre concreto de quien ha solicitado su eliminación. (Dejará de estar asociada esa información con su persona en los resultados de búsqueda, pero si se busca de otra forma que no sea por el nombre del peticionario, seguirá apareciendo.)